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MEDIO AMBIENTAL

En el marco de lo establecido en el D.S. 28963 y sus modificaciones, todos aquellos vehículos importados deben obtener un Certificado Medioambiental, el cual se constituye en un requisito indispensable para tramitar el Documento de Importación.

El Certificado Medioambiental es la constancia que un vehículo importado obtiene cuando los niveles de emisión de gases de combustión se encuentran dentro de los límites permisibles.

Todos los importadores de vehículos deben asegurarse que los talleres a los que solicitarán sus servicios se encuentren con habilitación vigente por IBMETRO para que sus resultados sean validados.

Marco Normativo

Decreto Supremo Nº 28963, del 06 de diciembre de 2006: Ingresa aquí

Decreto Supremo Nº 28139, del 17 de mayo de 2005: Ingresa aquí

Decreto Supremo Nº 2232, del 31 de diciembre de 2014: Ingresa aquí

Resolución Ministerial 357, del 14 de septiembre de 2009: Ingresa aquí

Solicitud de Servicios

Los documentos requeridos para la certificación medioambiental de vehículos en aduanas interiores y recintos de frontera son los siguientes:

  1. Nota de solicitud dirigida a IBMETRO solicitando la emisión del Certificado Medioambiental con la siguiente información:
    • Datos del vehículo (chasis, marca, modelo, procedencia, tipo, entre otros).
    • Designación de una persona encargada de la inspección, la cual estará presente al momento de la inspección con el técnico de Metrología Legal.
    • Número de NIT o C.I. con el que registró los datos del vehículo en la página de la Aduana Nacional.
  2. C.I. del solicitante o gestor de Aduana autorizado por la Agencia Despachante de Aduana (fotocopia de quien firma la Nota de Solicitud firmada con bolígrafo azul, indicando fecha de solicitud).
  3. C.I. del importador (fotocopia firmada con bolígrafo azul, indicando fecha de solicitud). En caso de ser una empresa importadora, adjuntar fotocopia del NIT y fotocopia de C.I. del Representante Legal de la empresa (incluyendo firma y fecha con bolígrafo azul).
  4. Parte de Recepción de Mercancías – PRM (fotocopia con QR legible)
  5. Declaración de Zona Franca de Ingreso - DZFI (fotocopia)
  6. Informe de emisión de gases aprobado (copia original)
  7. Fotocopia de la factura del servicio del taller de emisión de gases.
  8. Documento de protección de la capa de ozono, emitido por un técnico autorizado por la CGO (Comisión Gubernamental del Ozono) que certifica las operaciones realizadas para el control de sustancias dañinas a la capa de ozono (copia original). (No aplica a motocicletas).
  9. Factura comercial o de reexpedición (fotocopia).
  10. Impresión del registro de solicitud de Certificación - Página de la Aduana Nacional.

El interesado debe registrar los datos del vehículo en la página de la Aduana Nacional, con NIT o C.I. en el siguiente enlace:   Página de la Aduana Nacional :   Ingresa aquí

Presentación de la documentación: Si el vehículo contiene equipo de frío como frigobar o frigorífico, debe presentar los documentos en las oficinas de IBMETRO en La Paz o regionales. Caso contrario, es posible realizar el trámite en las oficinas de IBMETRO en los recintos aduaneros o de frontera.

COSTO - CERTIFICADO MEDIOAMBIENTAL DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

SERVICIO
ALCANCE DE MEDICIÓN
TARIFA (Bs.)

Certificación Medioambiental

Zonas francas y recintos aduaneros

100

El depósito bancario debe ser realizado a la cuenta de IBMETRO en el Banco Unión 1-4668212 de acuerdo a la cotización emitida (El costo asciende a Bs 359,60 por vehículo si presenta frigobar o frigorífico).

LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES

El límite máximo permisible de emisión de gases, de acuerdo a la Norma Boliviana NB 62002.

 
VEHÍCULOS A GASOLINA
VEHÍCULOS A GNV

Año de fabricación

CO% de volumen

HC (PPM)

CO% de volumen

HC (PPM)

Altura sobre el nivel del mar

Altura sobre el nivel del mar

Hasta 1800 msnm

Mayor a 1800 msnm

Hasta 1800 msnm

Mayor a 1800 msnm

Hasta 1997

6

600

650

2,5

600

650

1998 a 2004

2,5

400

450

2,5

400

450

2005 en adelante (1)

0,5

125

125

0,5

125

125

(1) Después de tres años de uso, los límites permisibles aplicables estarán de acuerdo a los límites especificados para los años de fabricación de 1998 a 2004.

C = Monóxido de carbono. HC (ppm) = Hidrocarburos expresados en partes por millón.

VEHÍCULOS A DIÉSEL

Altura sobre el nivel del mar (msnm)
Opacidad: k(m-1)
Opacidad en %

0 – 1500

2,44

65

1501 – 3000

2,80

70

3001 – 4500

3,22

75

 

Contacto

La Paz, Oruro, Beni y Pando:
E-mail: dml@ibmetro.gob.bo
Tel: (+591 2) 2372046 Int. 410

Santa Cruz:
E-mail: dpierola@ibmetro.gob.bo
Tel: (+591 3) 3410922 

Cochabamba:
E-mail: cochabamba@ibmetro.gob.bo
Tel: (+591 4) 4520856
 
Tarija:
E-mail: tarija@ibmetro.gob.bo
Tel: (+591 4) 6658866

Chuquisaca y Potosí:
E-mail: chuquisaca@ibmetro.gob.bo
Tel: (+591) 71559129

Riberalta:
E-mail: riberalta@ibmetro.gob.bo
Tel: (+591) 67359342